LA FINANCIACIÓN EN LA COMPRA DE VIVIENDA DE OBRA NUEVA
En casi todas las compraventas de vivienda llega el momento de buscar financiación para la misma. Si la vivienda la hemos adquirido sobre plano, por lo general, habremos realizado pagos a cuenta a la parte vendedora y por tanto se habrá cubierto parte del importe total de la compra.
Bien sea para cubrir una parte del precio o la totalidad (las entidades bancarias no prestan más del 80% por lo general) y como ya hemos explicado en anteriores post, debemos tener previstos los gastos adicionales, impuestos y ese 20% del precio de compra que no se va a poder financiar con el préstamo hipotecario. Os aconsejamos leer el POST GASTOS COMPRA DE VIVIENDA para tener un cálculo aproximado de todos los gastos que conlleva la compra de vivienda.
Una vez elegido y aprobado por la entidad financiera el préstamo hipotecario, habrá que elevarlo a escritura pública junto con la compra de la vivienda. Para este trámite, con la entrada en vigor de las modificaciones que supuso la Ley de Crédito Inmobiliario de 2019, la figura del notario se convierte en una institución con doble función.
En la actualidad, antes de la propia firma ante notario, pasaremos por una sesión “informativa” en la que se explicará a la persona que solicita el préstamo en qué consiste el mismo, sus características, duración, comisiones y todo cuanto deba conocer.
De ese modo, en esa primera visita al notario, podremos ser conscientes de las condiciones, términos y obligaciones que implica la firma del mismo. Además, para asegurarse de que los conceptos quedan claros y definidos, se realizará ante el notario un cuestionario.
Toda esta información más ampliada la puedes encontrar en nuestro anterior post NOTARIO Y FIRMA DE HIPOTECAS, NUEVA NORMATIVA
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